MICI
El Marco Integrado de Control Interno (MICI) es el conjunto de normas, principios, políticas, procesos y procedimientos estructurados e implementados en la institución. Su propósito fundamental es proporcionar una seguridad razonable para el logro de los objetivos institucionales, la salvaguarda de los recursos públicos, la eficiencia en las operaciones y la rendición de cuentas.
Objetivo
Establecer los Lineamientos de Control Interno Institucional y sus normas de aplicación que deberán observar las y los Titulares de las Unidades Administrativas de la Administración Pública Municipal, con el fin de implementar los mecanismos de Control Interno Institucional que fortalezcan el cumplimiento de las leyes y disposiciones normativas para el cumplimiento de sus objetivos y metas, así como prevenir los riesgos que puedan afectar su logro.
NORMAS
1. Ambiente de Control
Artículo 12.- La Norma de Ambiente de Control es la base que proporciona la disciplina y estructura para un SCII eficaz, e influye en la definición de los objetivos y la constitución de las actividades de control. Para su aplicación, los mandos superiores deben establecer un ambiente de control óptimo dentro de sus áreas de trabajo, que permita el desarrollo del control interno.
2. Administración de Riesgos
Artículo 14.- Es el proceso dinámico desarrollado para identificar, analizar, evaluar, responder, supervisar y comunicar los riesgos, incluidos los de corrupción, inherentes o asociados a los procesos por los cuales se logra el mandato de la Institución, mediante el análisis de los distintos factores que pueden provocarlos, con la finalidad de definir las estrategias y acciones que permitan mitigarlos y asegurar el logro de metas y objetivos institucionales de una manera razonable, en términos de eficacia, eficiencia y economía en un marco de transparencia y rendición de cuentas.
3. Actividades de Control
Artículo 21.- Las Actividades de Control son las acciones que se definen y desarrollan en la Administración Pública Municipal mediante políticas, procedimientos y tecnologías de la información para alcanzar las metas y objetivos institucionales; así como prevenir y administrar los riesgos, incluidos los de corrupción.
4. Información y Comunicación
Artículo 23.- La información y comunicación son relevantes para el logro de las metas y objetivos institucionales, por lo que se debe establecer mecanismos que aseguren que la información relevante cuenta con los elementos de calidad suficientes y que los canales de comunicación tanto al interior como al exterior son efectivos.
5. Supervisión
Artículo 25.- La supervisión y mejora continua es responsabilidad de la Administración Pública Municipal, en cada uno de los procesos que realiza, y se puede apoyar, en los resultados de las auditorías realizadas por el Órgano Interno de Control y por otras instancias fiscalizadoras, ya que proporcionan una supervisión adicional a nivel institucional.
INTEGRANTES
L.C. JOSÉ VALENTIN ANAYA MENDEZ
COORDNADOR DE CONTROL INTERNO
L.A.E. RODOLFO MARQUEZ MERCADO
ENLACE DE CONTROL INTERNO
L.N.I. JOVANY MISDRAIN RODRIGUEZ MENDOZA
ENLACE DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS