Secretaría de desarrollo humano y social

La Secretaría de Desarrollo Humano y Social, es la encargada de promover, gestionar e impulsar el desarrollo individual y colectivo. Estará a cargo de un Secretario quien tendrá además de las facultades y obligaciones que en materia social definen tanto la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo y el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Tulancingo de Bravo, y otras leyes y disposiciones de carácter municipal

I.-Planear, coordinar, ejecutar y evaluar la política de desarrollo social a nivel municipal, instrumentando en el marco de dicha política social, esquemas de participación social;

II.-Impulsar programas de salud, educación, cultura, deporte, recreación, mujeres, jóvenes, adultos mayores, grupos vulnerables y especialmente de asistencia social;

III.-Promover la participación comunitaria en la ejecución de obras y acciones de desarrollo social;

IV.-Formular, instrumentar, promover, políticas de desarrollo social para los sectores de poblaciónmás vulnerables del municipio;

V.-Formular e instrumentar políticas de apoyo a la participación de la mujer en los diversos ámbitos de desarrollo, con base en los principios de equidad de género y de igualdad de oportunidades y de trato;

VI.-Proponer,establecer, conducir, supervisar y evaluar la política municipal en materia de salud, orientándose para tal efecto con el Estado y los convenios que en tal naturaleza se tengan;

VII.-De manera coordinada con la Secretaría de Cultura, Educación, Deporte yJuventud, promover y apoyar las acciones de los sectores público, social y privado en la prevención, tratamiento y rehabilitación de las adicciones e impulsar la participación social en este sentido;

VIII.-Formular, instrumentar y evaluar el Programa Municipal de Desarrollo Social;

IX.-Instrumentar y ejecutar las políticas públicas necesarias y realizar las acciones pertinentes para fomentar la igualdad, eliminando toda forma de discriminación, impulsando el acceso de la población indígena a la educación, al empleo, a la salud, a los proyectos productivos y esquemas de acceso al crédito social, el acceso a la cultura, al deporte y recreación, para garantizar en el ámbito municipal el pleno goce de sus derechos humanos, respetando en todo momento, su lengua, usos, costumbres y formas de organización, en tanto no contravengan lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, la Constitución Política del Estado de Hidalgo, y las leyes y reglamentos emanadas de las mismas. Para el cumplimiento de estos fines la Secretaría de Desarrollo Humano y Social del Municipio, podrá gestionar, con la intervención de la Dirección de Atención a Pueblos, Comunidades y PoblaciónIndígena del Municipio, ante los órdenes de gobierno federal y estatal, los programas, apoyos y recursos económicos y materiales disponibles en beneficio de la población indígena del municipio; y

X.-Las demás que le encomiende el Ayuntamiento, el Presidente Municipal, éste Reglamento y otras disposiciones legales y reglamentarias

Unidades administrativas
  • Coordinación Técnica;
  • Dirección de Sanidad Municipal;
  • Dirección de Atención a Pueblos, Comunidades y Población Indígena del Municipio;
  • Dirección de Desarrollo Comunitario